La Comuna de Serodino ha resuelto la aprobación de una ordenanza mediante la cual se establece la obligatoriedad de la utilización de barbijos para todo aquel que circule por la vía pública como así también dentro de locales comerciales y oficinas, transformándose de esta manera en la primera localidad de la Provincia de Santa Fe en tomar esta resolución.

    Por ello consultamos al presidente comunal Juan Pío Drovetta y además transcribimos a continuación el cuerpo principal de dicha ordenanza, la cual entrará en vigencia a partir del lunes 13 de abril:

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    Art. 1°: Dispóngase que todas las personas que habitan temporal o permanentemente la jurisdicción comunal de Serodino deben usar obligatoriamente barbijo no quirúrgico o mascarilla de tela. Dicha obligatoriedad regirá para todo ámbito fuera del doméstico de las personas, quedando abarcado a los meros fines ejemplificativos, todo espacio público y/o acceso al público, comercial, de producción y/o trabajo, oficinas, administración pública, etc.

   Los barbijos o mascarillas mencionadas podrán ser lavadas y reutilizadas, siempre por la misma persona.

     Art. 2°: Disponer la obligatoriedad de que, al ingreso y egreso de todo local, comercio, establecimiento, oficina y/o cualquier espacio fuera del ámbito doméstico, se proceda a la utilización de alcohol en gel para el lavado de manos.

    Esta disposición implicará para el responsable del establecimiento o espacio de acceso al público la obligación de contar con alcohol en gel y un espacio acorde para su utilización en el ingreso/egreso.

    Asimismo, regirá para el usuario y/o cliente y /o público en general, en orden a la efectiva utilización del alcohol y desinfección de sus manos en el ingreso/egreso.

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Por h8000024